¿Cuándo aplicar el IVA reducido (10%) en reformas?
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Introducción.

No hace falta decir que enfrentarnos a una reforma suele ser un esfuerzo económico considerable, al que hay que añadirle el correspondiente impuesto, nada despreciable ya que representa casi un cuarto del importe.
Lo que no todo el mundo conoce es que en determinadas ocasiones podemos acogernos al IVA reducido (10%) y ahorrarnos así una importante suma de dinero.
Según la Agencia Tributaria de España, podremos acogernos al tipo reducido de IVA (10%) en los siguientes casos:
1. Obras de construcción o rehabilitación.
Tributan al tipo reducido (10%) las siguientes operaciones: